Esta semana recuperamos una entrevista a Abogados Ecuestres. Waldo Esteban y Miguel Membrana son dos de sus motores y nos relataron las claves de esta joven empresa especializada en la abogacía equina.
Cuéntenme un poco, ¿quiénes son Abogados Ecuestres?
Miguel Membrano: Abogados Ecuestres es un despacho especializado en todo lo que está relacionado con el mundo ecuestre. Lo que intentamos es dar soluciones a muchas preguntas que tienen competidores, pero también particulares que tienen un caballo o se mueven en este mundo, y se encuentran con que hay mucho, como nosotros lo llamamos, “mito urbano”.
Y cuando nos dimos cuenta de que hay muchas preguntas, pero pocas respuestas empezamos a pensar sobre esto y lo que empezó como un pequeño hobby pues lo plasmamos como una idea de negocios. Es decir, vamos a especializarnos en un punto en el que todavía nadie cubre al 100% aquí en España.
Es decir, aquí no sólo cubrimos la parte legal sino que intentamos dar soluciones a todo lo que está relacionado con el mundo del caballo. Y ahí estamos, llevamos seis meses y nos encontramos con preguntas hasta que nosotros no nos esperábamos pero vemos que hay una necesidad cara ahí fuera.
Además, la clave es una palabra que ha utilizado bien clara que es “especialización”.
M.M.: Eso es, el punto es que abogados hay muchos pero alguien que sepa, qué se necesita en el mundo del caballo, hay muy pocos. Lo veremos si hablamos después de contratos de compra – venta, porque lo puede hacer cualquier abogado. Pero eso matices que caracterizan un buen contrato que esté relacionado con la compra – venta de un caballo pues sólo lo puede saber alguien que está metido en este mundo y ha pasado por esto.
Pero realmente la firma de abogados es Wel & Law, Abogados Ecuestres se puede decir que es una derivación, ¿no?
Waldo Esteban: Yo soy el director jurídico de Wel & Law y lógicamente www.abogadosecuestres.com necesitaba un amparo legal. Es decir, donde alguien se sustente bajo una especialidad jurídica con colegiados en los distintos colegios a nivel nacional.
Wel & Law es un despacho que nace con un servicio integral, tiene tres sedes. La primera en Fuente el Saz del Jarama, habida cuenta de de la cantidad de centros hípicos que hay. Otra en Paseo de la Castellana 197 que es donde llevamos la parte más civil, digamos, y otra donde se lleva materia laboral y fiscal. En cada una de las sedes hay un letrado que está especializado y dirige bajo mi tutela y batuta.
Pero si es un despacho que integra a varios profesionales.
Pero tenéis un handicap importante porque todos los que estáis en www.abogadosecuestres.com tenéis relación con la hípica, competís.
W.E.: Si, efectivamente. Esto surgió además, de conocernos a nivel competitivo a todos los niveles y yo soy además el más benjamín, digamos.
Empecé teniendo un caballo y acabé federado y compitiendo con mi hija, Miguel pues también es federado junto a sus hijos a nivel nacional. Y bueno, todo el equipo que forma Abogados Ecuestres, tanto asesores como los veterinarios que nos asesoran nos hemos conocido en las competiciones, ¿no? Y al final decidimos dar ese paso de un hobby a una unidad de negocio.
Bueno pero, ¿no os cabreáis cuando pierde alguno y se deja al otro de lado para las reuniones?
M.M.: Aquí el pique es grande y cuando gana uno o pierde el otro alguien tiene que pagar las cervezas, está claro. (Risas)
Lo que quería decirles es que como competís mejor fiarse de alguien que conozca el tema desde dentro. Es volver a lo mismo de antes, que abogados hay muchos pero especializados en hípica ya es más difícil.
W.E.: Puedo hacer una matización para ponerlo claro. A mí se me han presentado, por ejemplo en el tema de compra – venta, muchas personas que han querido asesoramiento o que le asistamos a la compra – venta en todos sus ordenes.
Desde conocer las reseñas del caballo, la identificación del mismo, si los libros están o no correctos, inclusive si ese caballo está embargado o no antes de proceder al pago del negocio jurídico.
Y claro, la duda es que cuando hacíamos la consulta de cómo nos habían encontrado me respondían que tienen abogados mercantilistas que llevan sus asuntos normales y ordinarios del negocio, pero cuando les habla de quién lleva la responsabilidad en la entrega del caballo por el precio…
M.M.: Siempre hay cosas como reseñas, el libro de identificación y es que si no estás en el día a día del caballo… Primero tienes que entender cuál es la documentación de un caballo y mucha gente no lo sabe.
Si hay abogados criminalistas por qué no los va a haber hípicos.
W.E.: Efectivamente. Curiosamente que en España hay muy pocos a diferencia de Alemania, Bélgica o Inglaterra por citarte algún ejemplo.
M.M.: Después, otra cosa que nos dimos cuenta de todo lo que está relacionado con el mundo del transporte. Si te desplazas cada fin de semana te das cuenta del papeleo que hay, pero también te das cuenta de que hay ciertas normativas, que son normativas europeas, que en Alemania o Francia se aplican de una manera muy fácil a nivel nacional y aquí en España te encuentras que está cedido a ganaderías de las 18 comunidades autónomas. Y puede ser que estés completamente legal en Madrid y pases el Puerto de Navacerrada y estás completamente ilegal en Castilla y León.
Es decir, que cada comunidad autónoma tiene su propia manera de interpretar las leyes de transporte. Situaciones así son las que nos dieron la idea de meternos en la abogacía ecuestre.
Y ahora que plena estamos en crisis y todo el mundo se echa las manos a la cabeza, un abogado no es caro ¿verdad? Vamos a romper ese mito.
M.M.: Nosotros lo que hemos intentado es hacer que las consultas sean lo más accesible que podemos. No obstante, aunque sea una consulta fácil van a haber preguntas que probablemente la respuesta va a llegar y de una manera gratuita.
Y si alguien me pregunta “Oye ¿tengo que hacer el curso de bienestar para transportar mi caballo?” la respuesta va a ser que si eres un particular y no tienes ningún negocio ligado al caballo no tienes que hacerlo. Por eso, lógicamente, no vamos a cobrar.
Pero si ya las preguntas son más detalladas y vamos a invertir algo de tiempo pues entonces si, aunque estemos en crisis tenemos cobrar porque nosotros tenemos que vivir también.
No será lo mismo una consulta que si un día se escapa el caballo y le destroza al vecino el jardín.
M.M.: Sin duda. Tenemos casos que estamos hablando de mucho dinero. Hay un caso de responsabilidad civil donde el caballo no destrozó ningún jardín, sino que le hizo mucho daño a señora y lo estamos llevando. Eso implica bastante más atención por parte nuestra.
W.E.: Hombre, implica lo que se llama el proceso judicial. Donde hay peritos por medio que tienen que valorar esas fracturas, etc.
Y en una clase de una Amazona en doma natural, la suerte que hemos tenido es que tanto el caballo como el propietario estaban federados y al fin y al cabo se empieza ya una intercomunicación entre las entidades aseguradoras. Quiero decir que ya va más allá de la mera consulta.
Y en los seis meses de andadura que lleva Abogados Ecuestres se han encontrado con algún caso que digan: “Esto no me lo espera yo”.
W.E.: La verdad que todos son especiales. Porque salvo en el tema de compra – venta, las caídas en clases de equitación o en salidas al campo para rutas ecuestres que son las más habituales… Además, curiosamente la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo prácticamente las desestima porque, en contra de mi criterio, se establece la equitación como deporte de alto riesgo.
Casos especiales, pues desde un señor en Valencia que nos pidió regularizar o determinar, mediante un informe técnico, si puede podía estabular su caballo en una parcela en una zona residencial.
¿Cómo si fuese un coche?
W.E.: Si, si, como si fuese un coche. Entonces viendo la normativa de esa comunidad específica, que hay a colación, pues claro en Madrid no se puede pero en Valencia cumpliendo una serie de parámetros si se puede dar.
De lo que más consultas estamos teniendo ahora es en materia de transporte. Es decir, el transporte de competición en competición. Sobre todo el tema de las guías, el curso de formación, la regularización del habitáculo de los équidos. Esto si son los más normales.
Extravagantes, pues ya te digo. Desde las zonas residenciales con dos caballos en el jardín de su casa, hasta si en el traslado de un burro es necesaria la guía.
En la compra – venta aparte del engaño ¿qué otros factores tenéis en cuenta?
W.E.: Ahí son muchos los factores. En una compra – venta es muy importante desde el inicio hasta el final hacer un seguimiento muy puntual. Desde el reconocimiento del équido, a través de un veterinario especializado que decidan ambas partes. Hay mucha reclamación, no sólo por el engaño del propio animal sino por los vicios ocultos que pueda tener.
Hemos tenido un caso, el del llamado “timo del nigeriano” que al final el coste fue cero para el cliente. Porque fue una mera consulta y como la teníamos ya resuelta pues el hombre nos lo agradeció. Se trata de promocionar Abogados Ecuestres, dar también esas soluciones económicas, efectivas y rápidas.
En cuanto a pupilaje, ¿qué dudas se suelen dar?
W.E.: En pupilaje la mayor duda, y hay distintos criterios, no es en los precios sino en qué pasa cuando se adeudan varias mensualidades del pupilaje. Preguntan si es legítimo que el propio centro se quede en propiedad, lo suelen reseñar en algún contrato, al caballo.
Yo digo lo mismo, España es un Estado de Derecho y como cualquier otro ciudadano que quiere iniciar una reclamación judicial económica pues tiene que acudir a los tribunales.
Realmente el pupilaje es un arriendo, entonces yo no pago distintas rentas pero no se quede con mi ajuar que yo tengo en su casa. Discutámoslo, porque a lo mejor yo no estoy de acuerdo porque usted en esa mensualidad que yo debo de pagar no ha sido servida al caballo, por ejemplo, o la cuadra no está en buen estado.
Esta es quizá la pregunta más importante.
Hay mucho desconocimiento en el mundo del caballo y por ejemplo, en cuanto a la responsabilidad ¿se puede dar una responsabilidad penal? ¿O es siempre civil?
W.E.: Depende si ha habido falta de diligencia. Puede haber una responsabilidad penal, al igual que la hay en el conductor de un vehículo.
Esto es una realidad, no lo digo yo, lo dice la legislación española tanto en el Código Penal como en el Código Civil. Siempre y cuando, lógicamente, el siniestro haya causado la perdida de una vida humana.
Cuando es un caso fortuito no se da. Pero cuando se dan, como en la conducción de vehículos, unas aptitudes bajo estupefacientes o bebidas alcohólicas y uno saca el caballo a cabalgar por la carretera provocando un accidente y provoca un accidente en el que pésimamente uno de los conductores pierde la vida, ¿por qué no?
Me refería más a lo que el caballo pudiese hacer por su cuenta que lo que podamos hacer nosotros con él.
W.E.: No, el Código Civil lo dice claramente. El responsable de los actos del caballo es el propietario. Entonces, evidentemente, pudiera ser que si un caballo realiza un acto sin acción humana ¿estaríamos ante una responsabilidad penal? Pues posiblemente igual, porque el propietario es responsable. Habría que determinar las circunstancias en las que se ha producido el siniestro, si había medidas de seguridad o vallado para caballos. Son muchos matices y aquí es donde Abogados Ecuestres puntualiza.
Seguramente un penalista de diría que si, ahora en los matices podría haber divergencias de criterios. A mi no se me ocurriría meter a niños pequeños en un Paddock donde caballo que está como una moto, porque podría provocar esto.
Y esto lo vemos en los concursos. Niños pequeños circulando dentro de los paddocks o cerca de los camiones donde hay caballos que son conflictivos y pueden llegar a causar muerte. Como es la realidad, aunque no salga a la luz hay muchos casos de pérdidas humanas por siniestro de caballo.
Y qué tipo de seguro hace falta para un caso de este tipo.
M.M.: En el momento en que la persona y el caballo están federados, gran parte del pago a la federación incluye un seguro de responsabilidad civil. Aquí lo importante es estar federado, no sólo el jinete sino el caballo. Nuestra recomendación es que aunque el caballo no esté federado para competición se haga un seguro de responsabilidad civil.
Es imprescindible que el caballo tenga o vía la licencia federativa, que está incluido siempre un seguro de responsabilidad civil, o vía un seguro particular que cubra al caballo.
Por último, un tema que me han dicho que les preguntan muchísimo: el transporte. ¿Qué hace falta para transportar un caballo con total seguridad sin correr riesgos?
M.M.: Nosotros partimos de la base de que es un transporte particular. Yo llevo mis caballos a un concurso. Entonces, es imprescindible sacar una guía de traslado para los caballos, con cierta seguridad necesitará también el libro de certificación caballar, un certificado de desinfección del medio de transporte y, en la mayoría de las comunidades, el medio de transporte tiene que tener una autorización.
Lo que no es necesario, si es un transporte particular sin ánimo de lucro, es hacer el famoso curso de bienestar. Es decir con la guía, el documento de desinfección, el libro de identificación del caballo y la autorización del medio de transporte se puede viajar por toda España.
Pues Waldo y Miguel, muchísimas gracias por atender a www.radiohipica.com y os deseamos mucha suerte. Que en ocasiones lo que les falta a los abogados es la especialización y vosotros la tenéis.
W.E. y M.M.: Gracias a vosotros.
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